AFP propone dar a «afiliados tardíos» el total acumulado

La Asociación Dominicana de Administradoras de Fondos de Pensiones (ADAFP) propuso ayer una fórmula para el manejo de los aportes de los afiliados de ingreso tardío, que incluye la posibilidad de la devolución completa o una pensión, si los recursos&

La Asociación Dominicana de Administradoras de Fondos de Pensiones (ADAFP) propuso ayer una fórmula para el manejo de los aportes de los afiliados de ingreso tardío, que incluye la posibilidad de la devolución completa o una pensión, si los recursos permiten financiar un monto de al menos el 40% del salario promedio de los últimos 12 meses.

La propuesta, llevada ayer al Consejo Nacional de la Seguridad Social (CNSS) supedita cualquiera de los métodos que indica a que cuente con la aceptación del afiliado. Y que los aportes extraordinarios no sean incluidos para el cálculo de la pensión, sino que sean devueltos en un solo pago, si el cotizante así lo desea.

En tanto, el gerente general del CNSS, Rafael Pérez Modesto, consideró razonable y justo que los afiliados de ingreso tardío al Sistema de Pensiones reciban los aportes realizados.

El funcionario se refiere a aquellos trabajadores que en el momento de su afiliación a una Administradora de Fondo de Pensiones (AFP) tenían 45 años o más de edad.

Recordó que la resolución del CNSS No. 126-14, del 1 de marzo 2005 establece la creación de un mecanismo para que los afiliados reciban los recursos acumulados. Dicha resolución fue ratificada en octubre del 2013.

La propuesta de la ADAFP, dirigida a la ministra de Trabajo, Maritza Hernández, quien por esa condición preside el CNSS, sugiere la adopción de una resolución que cree un régimen de excepción para que los afiliados al Sistema Dominicano de Pensiones del Régimen Contributivo que cumplan con condiciones específicas y de acuerdo al fondo acumulado en su Cuenta de Capitalización Individual, tengan la opción de recibir una pensión por vejez o el retiro de su fondo en un solo pago.

Carta

Esta solicitud, contenida en una carta tramitada a través del gerente general del CNSS, “responde a la recomendación que en beneficio y respuesta a demandas de sus afiliados hacen las AFP por las expectativas que estos tienen al momento de su retiro, cuando el total del fondo que tienen en su cuenta no es suficiente para financiar una pensión que guarde relación con los niveles de salario cotizable por los cuales aportó al Sistema”, explica el documento.

“Asimismo, nuestra solicitud procura garantizar las condiciones e incentivos al ahorro voluntario que potencialmente tiene el Sistema Dominicano de Pensiones, por lo que proponemos mantener una mayor flexibilidad y disponibilidad de los afiliados sobre los aportes voluntarios que hacen a su cuenta para el retiro”, enfatiza.

La ADAFP destaca que la Ley 87-01 de Seguridad Social, “si bien establece que la pensión mínima equivaldrá al 100% del salario mínimo legal más bajo, ya que el Sistema abarca o incluye a todos los trabajadores en relación de dependencia a partir de los de menor salario, las expectativas de los afiliados sobre su pensión al momento de su retiro se establecen tomando en consideración los niveles de salario por los cuales cada uno cotizó al Sistema, por lo que nuestra propuesta obedece a este fundamento, partiendo asimismo de una base que toma como referencia los niveles de pensión mínima adecuada definido dentro de los estándares internacionales”.

Las AFP solicitan igualmente que la normativa que sugieren debe considerar la atención y respuesta a la situación de desprotección en la cual se pueden encontrar eventualmente trabajadores afiliados al Sistema que por el nivel de menoscabo a su condición física producto de la pérdida de su salud por el causal que fuere, padezcan una enfermedad terminal y por lo que no tendrán oportunidad de volver a cotizar a su cuenta.

Recomendación

“Para estos casos recomendamos también que al afiliado se le entregue el total de fondos acumulados en su cuenta de capitalización individual”, plantea la agrupación.

En ese sentido la ADAFP solicita al CNSS la emisión de una normativa que establezca un Régimen de excepción que regule la devolución del total de los recursos acumulados en un solo pago a los afiliados del Sistema Dominicano de Pensiones del Régimen Contributivo en base a dos situaciones con sus correspondientes condiciones. La primera es que el afiliado tendrá la opción de recibir o una pensión o un solo pago con el total del fondo acumulado en su CCI en su AFP, la cual incluye los aportes, del trabajador, de su empleador y los rendimientos por la rentabilidad obtenida con la gestión de la AFP, para los casos siguiente:

a) Cuando el afiliado haya cumplido como mínimo 60 años de edad y esté cesante y que el fondo acumulado en la cuenta no sea suficiente para financiar una pensión equivalente al menos al 40% del promedio de los últimos doce (12) salarios cotizados. Esa propuesta abarcará a todos los afiliados que habiendo cumplido la edad mínima que establece la Ley se encuentren cesantes.

b) Que el cálculo del fondo contemple solamente los fondos acumulados por los aportes obligatorios y su rentabilidad, de manera que se excluyen los aportes voluntarios y extraordinarios y su rentabilidad. Solamente serán considerados los aportes voluntarios y extraordinarios para el cálculo de la pensión si el afiliado expresamente así lo solicita.

La segunda condición es que el afiliado tendrá la opción de recibir en un solo pago el total del fondo acumulado en su CCI, la cual incluye los aportes suyos y del empleador, así como los rendimientos por la rentabilidad obtenida con la gestión de la AFP, sin importar la edad, cuando padezca una enfermedad terminal certificada por una de las Comisiones Médicas Regionales (CMR).

“Valoramos la ponderación favorable de esta iniciativa que sometemos a la consideración del Honorable Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) en el mejor interés de dar respuesta a las necesidades y expectativas de nuestros afiliados, para lo cual les reiteramos nuestra colaboración de siempre.

GG del CNSS

En tanto, el gerente general del CNSS, Rafael Pérez Modesto, valoró  la solicitud realizada por la directora de la Dirección y Defensa de los Afiliados (DIDA), Nélsida Marmolejos, de revisar o anular dicha resolución pues afecta a trabajadores que han estado aportando recursos en su cuenta de Capitalización Individual (CCI) y recibirán sus aportes de manera escalonada.

“Este tema será estudiado próximamente por el Consejo y esperamos que se tomen las medidas de lugar en beneficio de los afiliados y del fortalecimiento del Sistema”, dijo.

Pérez Modesto consideró que el avance en el Sistema Dominicano de Seguridad Social, específicamente el Sistema Previsional, provoca que los afiliados se empoderen del tema y reclamen sus derechos.

El Consejo está compuesto por 17 miembros titulares con un suplente cada uno, distribuidos en los siguientes sectores: Gobierno, Empleador, Laboral, Salud, Profesionales y Técnicos de la Salud, gremios de Enfermería, Profesionales y Técnicos, Trabajadores de Microempresas y Desempleados, Discapacitados e Indigentes.

El debate sobre el tema surgió luego de la Superintendencia de Pensiones (Sipen) emitir la resolución 356-13, con los  nuevos requisitos a exigir por las AFP para el pago de beneficios a los afiliados de ingreso tardío al sistema de pensiones. Son de ingreso tardío los afiliados que al inicio del sistema tenían 45 o más años de edad..

Medida de la Sipen crea un mar de opiniones

La resolución 356-13 ha generado diversas reacciones. Han favorecido la devolución de los recursos la DIDA, el Consejo Nacional de la Unidad Sindical, el economista Arismendi Díaz Santana, primer gerente general del CNSS, y los diputados Ramón Cabrera, Rubén Maldonado, Orlando Espinosa y Nélson Arroyo, los tres primeros del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) y el último del Partido Revolucionario Dominiano (PRD).

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