En medio de intensos debates, el Senado de la República aprobó anoche en segunda lectura el proyecto de ley de Código Penal de la República Dominicana con su informe y modificaciones, dejando fuera las tres causales.

La iniciativa, que ahora pasa a la Cámara de Diputados, fue aprobada con una votación de 23 de un total de 26 senadores presentes.

El presidente de la comisión especial que estudió la iniciativa legislativa, Antonio Taveras, no votó por la pieza. El Pleno rechazó varias modificaciones que sometió al proyecto de ley.

Entre las propuestas presentadas por el senador de la provincia Santo Domingo, están modificar el numeral 5, artículo 96, relativo al homicidio agravado. El objetivo de esta propuesta es que se permita condenar el crimen de odio.

También propuso modificar los artículos 112, sobre al aborto, y el 113 sobre las eximentes para los abortos practicados por profesionales de la salud.

Senado hizo modificaciones


Asimismo, Taveras presentó ante el Pleno del Senado, mociones para suprimir el artículo 303, relativo a las infracciones de naturaleza militares. También intentó modificar el artículo 328 relativo a la prescripción de la corrupción.

“Pido reflexionar sobre el tema de las eximentes, porque entiendo que es un tema de salud y de derecho, no religioso como se ha querido debatir”, dijo Taveras.

El vocero del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), Aris Yván Lorenzo, se retiró del hemiciclo alegando que la pieza no fue leída íntegra en el hemiciclo.

Previo a su aprobación la pieza sufrió varias modificaciones sometidas por los senadores Ramón Rogelio Genao y Ginette Bournigal.

Sobre el aborto

En su artículo 109 sobre el aborto, el proyecto establece que quien mediante alimentos, brebajes, medicamentos, sondeos, tratamientos o cualquier otro medio cause la interrupción del embarazo de una mujer o coopere con dicho propósito, aun cuando ésta lo consienta, será sancionado con uno a dos años de prisión menor.

Señala que cuando el aborto sea forzado sin el consentimiento de la mujer, se sancionará con las penas establecidas por el artículo 87 .

En el párrafo I del referido artículo indica que se sancionará con uno a dos años de prisión menor a la mujer que se provoque un aborto o que consienta en hacer uso de las sustancias que con ese objeto se le indiquen o administren, o que consienta en someterse a los medios abortivos antes indicados.

Activistas se expresan frente al Congreso

Mientras se desarrollaba la sesión del Senado, activistas pro vida y pro aborto se apostaron en la parte frontal del Congreso Nacional. Cada uno en defensa de sus respectivas posiciones el Código Penal.

El movimiento que favorece las tres causales consideró que la pieza aprobada es un “código criminal”. De su lado, los defensores de la vida, pidieron que se respete el Código aprobado y la Constitución.

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