Anadegas fija posición sobre ley comercio ilícito

La Asociación Nacional de Detallistas de Gasolina (Anadegas) consideró que en el proyecto de ley para la erradicación del comercio ilícito que cursa en la Cámara de Diputados, se deben respetar las normas de competencia del comercio para que exista igualdad de oportunidades en el mercado.

La Asociación Nacional de Detallistas de Gasolina (Anadegas) consideró que en el proyecto de ley para la erradicación del comercio ilícito que cursa en la Cámara de Diputados, se deben respetar las normas de competencia del comercio para que exista igualdad de oportunidades en el mercado.

En ese sentido Anadegas estimó que los contratos de suministro exclusivo  en el mercado de los combustibles (como establece el proyecto de ley) debe ser una decisión de los contratantes y no de una ley, ya que vulnera  Ia Iibre empresa y la oportunidad de servir al cliente la marca que este demande.

“Lo que se debe respetar es el uso de marcas y la fidelidad al consumidor de ser informado con acierto del producto que el comerciante le ofrece”, señala la institución en una comunicación dirigida al presidente de la Cámara, Radhamés Camacho, donde fija su posición.

 Expresa que así como el comerciante de mercancías vende y ofrece varias marcas de cigarrillos, ANADEGAS defiende que el comerciante de combustibles, debidamente autorizado por los organismos regulatorios vendan combustibles que cumplan con calidad y el pago de los impuestos correspondiente con o sin contrato de exclusividad por estaciones Banderas Blancas o no, que permitan al comerciante y al consumidor elegir los suplidores que desee, siempre que estos estén autorizados y certificados  por el Estado.

Anadegas también se opone  a que el Ministerio de Industria y Comercio tenga la facultad de autorizar, normar, regular, juzgar y sancionar, en materia de hidrocarburos, ya que, a su entender, viola el principio de quién norma no juzga y mucho menos que sanciona.

El proyecto de ley  establece que las sanciones administrativas serán reguladas, normadas y sancionadas por el MICM.

La iniciativa castiga el que, en cantidad superior a cincuenta  galones e inferior a ochenta introduzca hidrocarburos o sus derivados al territorio dominicano, o los extraiga desde él, por lugares no habilitados de acuerdo con la normativa aduanera vigente. Por dicho delito de contrabando de hidrocarburos se plantean penas de uno a tres años de prisión y multas de 300 salarios mínimos.

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