Miriam Germán Brito
Miriam Germán Brito

En los ámbitos jurídico y comunicacional se ha recibido con una mezcla de asombro, y al mismo tiempo de admiración, la actitud de la procuradora general de la República, magistrada Miriam Germán Brito, quien en varias oportunidades ha llamado la atención públicamente a sus subalternos para que no entren en polémica pública con el Poder Judicial.

La posición de la doctora Germán Brito se corresponde con su formación medular de juez, de quienes siempre se ha señalado que “hablan por sentencia”.

En este punto es necesario señalar que no soy abogado, aunque en ocasiones se me confunda con esos valiosos profesionales que tan buenos servicios ofrecen para dirimir los inevitables conflictos que se suscitan en cualquier sociedad organizada.

Mi respeto por el Derecho me lleva a empaparme al menos de cierto lenguaje y reglas, entre las cuales está la que confiere al Ministerio Público la condición de indivisible, es decir, que es una unidad.

Esto significa que la posición que sustenta en un caso, digamos el representante del Ministerio Público en el juzgado de paz de un distrito municipal, es como si allí estuviese sentado el mismo procurador general de la República en el presente caso procuradora, conforme el artículo 22 de su Ley Orgánica 133-11.

En otras palabras, y según mis averiguaciones, no sería procedente que en un caso cualquiera el representante del Ministerio Público sustentase una posición y que ella fuese apelada por otro similar o superior, pues en tal situación se estaría apelando a sí mismo.

Dicho lo anterior, las reprimendas públicas que la magistrada Miriam Germán Brito emite contra sus adjuntos que confrontan con jueces es como si fueran dirigidas contra ella misma.

Y no se entiende cómo siendo ella la superior jerárquica de los adjuntos tenga que dirigirse a aquellos con exhortaciones, cuando lo pertinente sería la emisión de órdenes explícitas de suspender dichas confrontaciones.

Estamos seguros de que la magistrada Miriam Germán Brito no interviene de manera directa en ese sentido por el respeto que tiene por las opiniones ajenas, aun sea la de sus propios subordinados, lo cual le acredita como una persona tolerante.

Sin embargo, ella se arriesga a que la rispidez de sus adjuntos hacia jueces la arrastren, y al mismo la exponen a que su administración sea señalada como dada a la confrontación, cuando hasta los adversarios que pudiera tener todos los tenemos le reconocen la verticalidad de sus actuaciones y la tranquilidad con la que se maneja.

Y lo peor: ese exceso de respeto por las posiciones de otros son una puerta abierta por donde entran las habladurías de que en su gestión existen islas de poder tan autosuficientes como incontrolables.

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