Los derechos no existen porque otro tenga que reconocerlos, se tienen desde nuestra condición de sujetos jurídicos que nadie puede arrebatar. Cuando al sueldo del empleado se le realizan los descuentos por pensión, se está reservando de esos ingresos para cuando no pueda ser productivo, es un aporte a futuro, una previsión actual para afrontar lo que viene después. Es una apuesta para el porvenir planificada con antelación.

Lo que se genera con la pensión -y aún de supervivencia, si ha fallecido y les toca a los herederos y la viuda-ha sido un sacrificio constante de su titular que se prolonga por años, un dinero que le pertenece porque lo ha ahorrado para disfrutarlo en su momento después de una extensa (e intensa) vida de trabajo.

Entonces, lo producido por el cotizante para cuando llegue su jubilación, no es una dádiva, son sumas guardadas con esmero y sacrificio, fruto de su esfuerzo constante e ininterrumpido, en manos de la administradora que debe preservarlas; por lo tanto, manejarlas responsablemente, no implica que se considere dueña.

A los organismos que perciben y manejan esos fondos -engrosados cada vez con el esfuerzo del trabajador- les corresponde gestionarlos como se debe, pero también devolverlos cuando proceda. Ese dinero lo reciben de manera temporal, para conservarlo y hacerlo productivo, no para imponer trabas baladíes -que van desde absurdas a burocráticas- para impedir que el propietario o sus continuadores jurídicos dispongan de lo que les pertenece.

Debido a esos trámites absurdos, el trabajador o sus familiares, justo cuando más lo necesitan, se ven enredados entre formularios excesivos, altos costos -entre certificaciones, legalizaciones y honorarios profesionales- y toda una letanía de requerimientos que nunca se le exigieron mientras se le hacían los descuentos. No se trata solo de la precaución que debe tener todo el que administra fondos ajenos, sino, en ocasiones, de su retención injusta, como si fueran propias, que los convierte en el principal obstáculo para el acceso a una cantidad que, no solo ya se produjo, sino que también ya se descontó.

El celo de la entidad y la desconfianza hacia los reclamantes excede la normalidad y parece apostar al cansancio para que depongan de su solicitud, ahogados en un papeleo sin fin que, aun para un experto, resultan abrumadores. No se trata, pues, de reclamar un porcentaje de avance a destiempo, como ciertos sectores han pretendido, sino, de que cuando toque en el momento indicado, no se tenga que rogar por un derecho que dignamente ya les pertenece.

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