La Ley de Partidos es un instrumento que la JCE puede aplicar para evitar la práctica de campaña permanente

La campaña política a destiempo es un tema recurrente y viejo en el debate político electoral del país. Precisamente ese es uno de los argumentos que empujó una nueva reforma a la Constitución para unificar las elecciones presidenciales, congresuales y municipales que desde el 1996 al 2012 se hicieron separadas. Esa queja también fue uno de los relatos para convencer al país de la necesidad de la Ley partidos que limite en el tiempo el arranque de la precampaña y la campaña política.

Sin embargo, los partidos han madrugado y mueven las fichas de cara a las elecciones del 2024. Ya hay funcionarios que han hablado públicamente de la reelección del presidente Luis Abinader e incluso para esos fines se sometió ante el Tribunal Constitucional una acción directa de inconstitucionalidad al artículo 101 de los estatutos del Partido Revolucionario Moderno (PRM) que prohíben la reelección y se gestiona una reforma estatutaria para esos fines.

No obstante, recientemente el presidente Abinader le dio un frenazo a ese movimiento al advertir que no es momento de hablar de ese tema porque el país está en crisis y envió una carta al presidente de la organización y ministro administrativo de la Presidencia, José Ignacio Paliza, para que advierta a la organización que no es el momento de hablar de reelección ni de política.

Advertencia de Alburquerque

El miembro de la dirección ejecutiva del Partido Revolucionario Moderno (PRM), Ramón Alburquerque, reveló que podría presentar su precandidatura para aspirar a la Presidencia de la República por esa organización. Alburquerque dijo al programa Tv “La Hora 22”, que se difunde por Teleradio América (TRA), que él está valorando presentar su precandidatura para la nominación presidencial de esa entidad política. Rechazó los movimientos reeleccionistas de sectores en el Gobierno y expresó que el presidente Luis Abinader no “es el único” que tiene derecho a presentarse nueva vez para una postulación presidencial.

En el Partido de la Liberación Dominicana (PLD) las aspiraciones a la Presidencia tienen una connotación institucional pues el presidente de ese partido, Danilo Medina y el secretario general, Charlie Mariotti, se han ocupado de tratarlo de manera orgánica.
Y hablan de que hay siete precandidatos presidenciales. La Fuerza del Pueblo (FP) es la organización que va más cómoda pues tiene su candidato definido, Leonel Fernández, y tiene el Congreso Elector como pretexto para mantenerse activando sin que pueda ser acusado de proselitismo político a destiempo.

Ante la realidad de la cultura política de proselitismo político permanente, la Junta Central Electoral (JCE) tiene el reto de poner límite a tiempo a la precampaña de cara a las elecciones del 2024 y ahora los pretextos del pasado no servirán para justificar la inacción del órgano electoral, pues cuenta con un instrumento legal para evitarla. La Ley 33/18 de Partidos y Movimientos Políticos, pone como fecha para el inicio de la precampaña el primer domingo de julio del año anterior a las elecciones, es decir en el 2023.

Los actuales miembros de la JCE fueron designados bajo la consigna de que son independientes y habría que observar el manejo que darán a las promociones adelantadas, sobre todo de los actos y proclamas reeleccionistas cuando avance el tiempo. El tema no es tan sencillo para la JCE, pues en la medida en que pase el tiempo la historia enseña que las consignas reeleccionistas toman cuerpo en los actos oficiales y entonces empiezan las denuncias del uso de los recursos públicos para la reelección.

De hecho, evitar el uso de los recursos del Estado en beneficio del partido oficial representa otro reto para la JCE y una vieja demanda de las organizaciones de oposición. En la pasada campaña electoral, los observadores, como la Organización de Estados Americanos (OEA) criticaron la falta de acción de la JCE ante delitos electorales incluido el uso de los recursos públicos.

Al mismo tiempo, si pone límites al activismo de los partidos de oposición corre el riesgo de que la acusen de parcializada con el partido de gobierno, sobre todo por la actual gestión arrancó generando disgusto entre la mayoría de los partidos que tiene el sistema que rechazan el criterio que aplicó para la distribución de los recursos que reciben los partidos del Estado.

El artículo 41 de la Ley 33/18 establece claramente el periodo de la precampaña: “Período de la campaña interna. Es el período en el cual los partidos, agrupaciones y movimientos políticos deberán celebrar sus procesos internos para la escogencia de los precandidatos a puestos de elección popular, y será iniciado el primer domingo del mes de julio y concluirá con la escogencia de los candidatos”.

¿A quiénes perjudica y a quiénes beneficia la limitación precampaña?

El partido que está en el gobierno en este caso el PRM es el menos perjudicado con la limitación de la precampaña, en especial si el presidente puede repostularse como es el caso de Abinader.

La figura del presidente aparece casi a diario en los diversos medios de comunicación. Es también la persona más citada por los hacedores de opinión pública, una ventaja que no tienen los candidatos de oposición. En ese sentido, Leonel Fernández en una competencia con Abinader tiene a favor que es una figura conocida por haber sido candidato presidencial en cuatro ocasiones y tres veces presidente. El PLD está en desventaja frente ambos candidatos.

PLD es más perjudicado con límite al activismo

En la actual coyuntura política el PLD es el más afectado, pues su figura más conocida, el expresidente Danilo Medina, tiene impedimento para aspirar a la Presidencia, por tanto, los límites al proselitismo lo afecta para posicionar a los dirigentes que aspiran a encabezar la boleta presidencial frente a un Leonel Fernández que ha sido candidato presidencial cuatro veces y tres presidente de la República y ante el presidente Abinader. El límite que pone la ley para la escogencia del candidato presidencial es otra desventaja para esa organización, pues tampoco puede escoger al candidato en un período anterior al establecido por la ley que la propia organización impulsó y aprobó durante su dominio de las instancias de poder. De hecho, hay dirigentes que critican el activismo a destiempo en esa organización, porque afirman sería contradictorio.

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