CNSS extienden hasta el 31 de diciembre cobertura a trabajadores suspendidos 

El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), extendió hasta el  31 de diciembre la cobertura del Seguro Familiar de Salud (SFS) del Régimen Contributivo a los trabajadores suspendidos ..

El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), extendió hasta el  31 de diciembre la cobertura del Seguro Familiar de Salud (SFS) del Régimen Contributivo a los trabajadores suspendidos debido a la pandemia del Coronavirus (COVID-19).

Así lo informó el gerente general del CNSS, Félix Aracena Vargas, quien destacó que dicha cobertura incluye al trabajador junto a sus dependientes directos y adicionales, quienes continuarán recibiendo los servicios de salud.

“Esta disposición protege a miles de trabajadores que continúan siendo afectados por la suspensión de sus contratos de trabajo y próximamente se les vencerá el período de protección para recibir las atenciones médicas, si así lo requieren”, dijo

Destacó que la resolución 509-01 detalla que en caso de no aprobarse la cobertura de 31 días más del Seguro Familiar de Salud (SFS), así como las coberturas de los Subsidios por Enfermedad, Maternidad y Lactancia, dichos trabajadores, sus dependientes directos y adicionales, quedarían desprotegidos y dejados a merced de su suerte, lo que podría ser catastrófico e inhumano tomando en cuenta el Estado de Emergencia Nacional que vive el país en virtud de los efectos del COVID-19.

Aracena Vargas, dijo que el Gobierno ha ido adoptando de manera escalonada una serie de medidas y políticas, de carácter económico y social, conforme las recomendaciones de las autoridades internacionales de salud, imprescindibles para procurar el menor número de personas afectadas por la pandemia.

Dicha aprobación incluye la cobertura a los recién nacidos para garantizarles los beneficios del Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS), quienes podrán solicitar servicios de salud sin contar con el Número de Seguridad Social (NSS) y se mantiene la cobertura a los afiliados dependientes directos, que cumplan durante este período 18 y 21 años respectivamente, siempre que sean estudiantes.

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