Al momento de que te impongan una multa de tránsito tendrás un plazo de treinta (30) días para pagarla o para impugnarla por ante fiscalía si es que no estás de acuerdo con esta. Mientras las tengas, según lo que dispone la ley, no puedes renovar la licencia de conducir o cualquiera de sus trámites, obtener la revista, los seguros de vehículos, la obtención de certificado de buena conducta o traspaso de la propiedad de un vehículo.

Más detalles sobre las multas de tránsito en el segmento Caribe Legal.

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