Las delaciones premiadas, la evidencia más importante que tenía el Ministerio Público en contra de los seis imputados en el juicio por los sobornos de Odebrecht, quedó este martes fuera del proceso.

Tras tres semanas debatiendo sobre la incorporación de las declaraciones por escrito de seis ejecutivos de la constructora brasileña, el Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional llegó a una decisión y rechazó la admisión de las mismas.

Al dar a conocer su fallo, la jueza presidenta del Tribunal, Esmirna Giselle Méndez, explicó que estas delaciones no se apegan a las reglas de producción e incorporación del testimonio establecida en la Constitución y el Código Procesal Penal y por lo tanto no pueden ser incorporados al juicio mediante lectura.

Las declaraciones son de Marcelo Odebrecht, expresidente de la constructora brasileña; Marcos Antonio Vasconcelos Cruz, Ernesto Saviera Baiardi, Luiz Eduardo Da Rocha Soares, Luiz Antonio Mameri y Hilberto Mascarenchas Alves Da Silva Filho.

Méndez indicó que hay tres formas de presentar testimonios en un juicio, con las cuales se garantizan el derecho de defensa, oralidad y contradicción y que el Ministerio Público no cumplió con las mismas.

“¿Por qué no se pueden leer estos testimonios por escrito, que se pretende incorporar a este juicio?  Porque no son un anticipo jurisdiccional de prueba, el Ministerio Público para recabar estos testimonios no recurrió a las previsiones del artículo 287… no se respetaron las reglas del anticipo jurisdiccional de prueba que habían permitido a las defensas ejercer el derecho a la contradicción al interrogar y contrainterrogar en ese escenario y en presencia de un juez a los testigos”, afirmó.

La jueza precisó que el Ministerio Público al momento de la acusación tenía a los delatores identificados como testigos y no los ofrecieron como tal.

“No estamos ante un supuesto donde no conocimos la existencia de un testigo, ante un impedimento procesal para producir al testigo, lo que debemos inferir es que operó al momento de la acusación un ejercicio deliberado, de acuerdo con la estrategia o teoría del caso del Ministerio Público, de no presentarlos en juicio, porque habiendo sido identificados como testigos previamente pudieron perfectamente ser ofrecidos y no estuviéramos teniendo esta discusión, se habrían escuchado como los tres testigos brasileños que se escucharon al inicio de la etapa de producción  exhibición de las pruebas”, manifestó.

“No somos nosotros los que decimos que las declaraciones no pueden ser leídas, la Constitución y la ley prohíben que se lean y esas prohibiciones son conocidas por las partes.  Todas las partes conocen que se requiere para poder presentarlos”, expresó.

Ahora, el Ministerio Público presentará un recurso de oposición para que el Tribunal cambie de parecer.

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