En principio la idea de obligatoriedad sancionable de uso de mascarilla en lugares públicos y privados de uso colectivo, para reducir el riesgo de contagio del covid-19, se admite. Pero multas de uno a diez salarios mínimos, según dispone la resolución 000016-2020 del Ministerio de Salud es una sanción muy desproporcionada. No se ajusta a las condiciones socioeconómicas mayoritarias, máxime en este momento de grave crisis. Además, se cuestionó que el Ministerio de Salud Pública tenga facultad para imponer multas a los ciudadanos. Significa que la medida nació mal como medio de coacción; es instrumentalmente inválida. Servirá para confundir y así intimidar algo pero no puede castigar, definitivamente. El único medio para todos obligarnos a llevar el tapabocas sigue siendo la consciencia individual.

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