Muchos de mis leyentes habrán escuchado el término “divorcio especial” o “al vapor”. Se le ha denominado este nombre debido a la rapidez en que el juez a cargo pronuncia la sentencia. Tanto extranjeros como dominicanos hacen uso de este tipo de divorcio, ya que les resulta muy conveniente finalizar de una manera más rápida un proceso de divorcio que en muchas ocasiones resulta ser tormentoso para las partes envueltas.

Si bien, para algunos procesos puede que resulte conveniente, para los casos de migración podría ser un dolor de cabeza. Los procesos judiciales de divorcio en los Estados Unidos se rigen por el principio de cortesía. Esto quiere decir que básicamente sólo le dan crédito a dicho documento judicial, si no contravienen los principios constitucionales de EU. Debido a este principio muchos procesos migratorios se ven frenados cuando los divorcios de matrimonios anteriores no son reconocidos en EU.

Los divorcios realizados con las características del divorcio al vapor son rechazados en muchos Estados de EU. De acuerdo con las leyes estadounidenses, las leyes que se aplican para determinar si un divorcio es válido o no, son las leyes del lugar donde las partes estaban domiciliados al momento del divorcio.
Como las partes envueltas usualmente se encuentran en EU, entonces se aplican las leyes del Estado donde las partes residen.

De manera muy resumida la mayoría de los Estados de EU rechazan este tipo de divorcio debido a que las leyes estatales, en su mayoría, requieren que para que una decisión de divorcio sea válida, las partes envueltas deben estar domiciliadas en el lugar que emite la sentencia. Algunos Estados, como Nueva York y California, han sido un poco más indulgentes en sus decisiones en torno a este tema.

Mi consejo para evitar mayores retrasos es no recurrir a este tipo de divorcios si de antemano sabes que harás una petición en base a matrimonio y en caso de que ya lo hayas hecho, proceder a divorciarte en el lugar de tu domicilio.

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