El Tribunal Superior Electoral emitió ayer 36 sentencias de recursos de apelaciones contra resoluciones dictadas por juntas electorales sobre admisión de candidaturas municipales de cara a las elecciones de febrero próximo.

En ese sentido el TSE ordenó a la Junta Central Electoral la inscripción de 27 candidaturas de diferentes partidos y dio un plazo a estos para depositar nueva vez la boleta municipal.

El TSE acogió la solicitud de impugnación de la candidata a vicealcaldesa del Distrito Nacional, Hony Estrella, y ordenó a la Junta Electoral del Distrito Nacional que inscribiera su candidatura.

El Tribunal consideró que la candidata por los Partidos Fuerza del Pueblo y el Reformista Social Cristiano, cumple con todos los requisitos exigidos por la Ley Electoral.

La candidatura de Estrella había sido rechazada por la Junta Electoral del Distrito porque la residencia de la candidata no se encontraba en la demarcación por la que aspira.

No obstante, el TSE estimó que conforme a la Ley que crea la provincia Santo Domingo, el Residencial Don Honorio (donde reside Hony), pertenece Distrito Nacional, contrario a lo que figura en su cédula de identidad.

Otros casos

El TSE dispuso que el Partido Reformista Social Cristiano (PRSC) deposite nuevamente ante la Junta Electoral de Cevicos su propuesta de candidaturas municipales para dicha demarcación y concedió al partido un plazo de dos días hábiles. También mandó a la Junta de Cotuí, inscribir las candidaturas de Dulce María Herrera y Carmelo Serrano Herrena, a subdirectora y vocal por el distrito municipal Platanal, respectivamente por el PRSC.

La Alta Corte tiene previsto fallar entre hoy y mañana, otros 125 recursos más de las impugnaciones que han sido sometidas.

Manda a inscribir candidatos en Mao

El TSE dispuso que el Bloque Institucional Social Demócrata (BIS) deposite nuevamente ante la Junta Electoral de Mao su propuesta de candidaturas municipales y ordenó a la Junta Electoral de Mao recibirla indicada propuesta de candidaturas. Para los fines, otorgó un plazo de dos días en procura de que el calendario electoral no sea afectado por la medida.

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