Sacerdote acusado de abuso sexual: Pido fuerza para perdonar y sanar

“Pido a Dios que me da capacidad y la fuerza para sanar y perdonar ante esta bochornosa injusticia y abuso”, con estas palabras se refirió el sacerdote Miguel Bienvenido Florenzán Ulloa a las acusaciones de presunto abuso sexual contra un alumno del colegio Agustiniano durante la audiencia de fondo que fue aplazada para el próximo 21 de noviembre a las 11:00 de la mañana.

La Vega.-“Pido a Dios que me da capacidad y la fuerza para sanar y perdonar ante esta bochornosa injusticia y abuso”, con estas palabras se refirió el sacerdote Miguel Bienvenido Florenzán Ulloa a las acusaciones de presunto abuso sexual contra un alumno del colegio Agustiniano durante la audiencia de fondo que fue aplazada para el próximo 21 de noviembre a las 11:00 de la mañana.

En aproximadamente 30 minutos de relatos ante las juezas Lucrecia Rodríguez Ramírez, Luz Enilda Herrera y Juana Patricia Silverio, que integran el Primer Tribunal Colegiado, el cura dijo a los magistrados que nunca se le preguntó ni le dieron la oportunidad de informar para aclarar la situación.

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En un momento de sus palabras, el sacerdote no aguantó y se fue en llanto, mientras varias mujeres que fueron a respaldar al sacerdote pedían a la prensa que fueran más objetivos.

El sacerdote quien se dejó una barba copiosa, vestido con un traje negro y camisa blanca y sin estar esposado a su salida, dijo que cuando se enteró en junio del 2018 de la acusación y que supuestamente el Ministerio Público tenía evidencias contra él, le resultó doloroso conocer la identidad del acusador.

Dijo que lo único que hizo fue ayudar en una ocasión a su madre y que si de algo puede ser acusado, es de que actuó con disciplina al momento de dirigir el colegio.

Al momento de los hechos que se le imputan, Florenzán Ulloa dirigía un colegio católico de la provincia de La Vega.

El cura está acusado de supuestamente haber abusado sexualmente de un menor de edad, en el 2015, por lo que se le imputa violar los artículos 309, 330, 331, 333 y 355 del Código Penal Dominicano y los artículos 1, 12, 18 y 396 literales A, B y C del Código para la Protección y los Derechos Fundamentales de los Niños, Niñas y Adolescentes (Ley No. 136-03), que sancionan la comisión de delitos y agresiones sexuales, violación sexual, agresión física y psicológica por parte de una persona con relación de autoridad y deber de vigilancia hacia una persona menor de edad.

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