La posibilidad de si el expresidente de la República y del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), Leonel Fernández, podrá ser candidato o no de otra organización luego de ser precandidato y de que participara en las primarias de una institución política, continúa en el debate jurídico y aún está por definir.
El abogado Manuel Ulises Bonnelly Vega explica en un escrito enviado a elCaribe que el artículo 24 de la Constitución dominicana que habla sobre la suspensión de los derechos de los ciudadanos “no ha dejado espacio para que por vía legislativa se añadan nuevas circunstancias o modalidades de pérdida o suspensión de los derechos ciudadanos. Lo cual, incluso, ha sido sostenido en nuestro país por el Tribunal Superior Electoral”.

Señala que las interpretaciones de las disposiciones contenidas en el numeral 4 del artículo 49 de la ley 33-18 sobre Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, así como las del artículo 134 de la ley 15-19, Orgánica de Régimen Electoral, “pudieran llevar a la tesis de que los ciudadanos que participaron en las primarias de algunos partidos tienen, al menos para el torneo electoral venidero, suspendido su derecho ciudadano a ser elegible”.

Sin embargo, sostiene que esas disposiciones de las leyes electorales sería una ampliación de las prohibiciones que están consagradas en el artículo 24 de la Constitución y, en ese sentido, sugiere que todos los poderes públicos que tengan la responsabilidad de interpretar esas normas deben ser aplicadas a favor de la persona que ostente el derecho ciudadano que está establecido en ese apartado de la Carta Magna.

El artículo 24 de la Constitución estipula que los derechos de ciudadanía se suspenden en los casos de: Condenación irrevocable a pena criminal, hasta el término de la misma; interdicción judicial legalmente pronunciada, mientras ésta dure; aceptación en territorio dominicano de cargos o funciones públicas de un gobierno o Estado extranjero sin previa autorización del Poder Ejecutivo y por violación a las condiciones en que la naturalización fue otorgada.

Mientras que el jurista y vicepresidente ejecutivo de la Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus), Servio Tulio Castaños Guzmán, expresó ayer que en vista de que sobre el tema hay múltiples interpretaciones, evidentemente la Junta Central Electoral (JCE) tendrá que tomar una decisión que al final “la tendrán los organismos jurisdiccionales” correspondientes.

En ese sentido, Castaños Guzmánseñaló que ante esa situación prefiere esperar la decisión de los organismos pertinentes del país.

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