La Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA) ordenó a la Junta Central Electoral permitir la difusión de publicidad de índole política a través de la radio y la televisión durante el período de precampaña o campaña interna.

El TSA acogió la acción de amparo preventivo y de extrema urgencia interpuesta por la Asociación Dominicana de Empresas Radiodifusoras, Inc (Adora) en contra de la Junta Central Electoral (JCE), por la “amenaza inminente de los derechos fundamentales a la libertad de empresa, a la igualdad, a la libertad de información y a la buena administración de los medios de comunicación radiales y televisivos”.

En la sentencia el tribunal acogió la excepción de inconstitucionalidad planteada por Adora en contra los artículos 43.4 y 44.7 de la Ley No. 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos y de los artículos 14.4 y 15.7 del Reglamento para la Aplicación de la Ley No. 33-18 en la celebración de primarias simultaneas en el 2019, y ordenó a la JCE permitir la difusión de los mensajes publicitarios de índole política a través de los medios de comunicación radiales y televisivos en este período de precampaña o campaña interna.
De igual forma, se impuso un astreinte a la JCE por cada día de retardo en el cumplimiento de la medida ordenada.
ADORA calificó de histórica, valiente y garantista, la sentencia adoptada por la Segunda Sala del TSA en favor de la publicidad política.

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