La alta informalidad empresarial y la práctica de hacer contratos laborales de corto plazo están provocando interrupciones en los periodos de cotización para los fondos de pensiones.
Segú un estudio, la práctica de realizar contratos laborales por periodos muy cortos por parte ciertas áreas del comercio, aunque legal, afecta la permanencia de afiliados al sistema previsional de la Seguridad Social. “En el país es común la práctica de realizar contratos por periodos cortos de no más de un año 2020, esto es así porque existen épocas donde los comercios, por la dinamización de la economía, se ven necesitados de contratar nuevo personal temporal que le permita suplir la demanda durante esa temporada”, plantea el estudio que trata acerca del flujo de cotizaciones en el Sistema Dominicano de Pensiones.

Impacto

El estudio, que es parte del contenido del boletín estadístico trimestral número 63 de la Superintendencia de Pensiones (Sipen), precisa que esa práctica “si bien está” amparada “bajo las normativas laborales nacionales, no favorece a la permanencia del empleado a largo plazo aún éste forme parte de la empleomanía formal, provocando sucesivas interrupciones en su participación en el Sistema y retornando solo durante estas épocas de apogeo comercial”. Indica que “esto último se sostiene más que nada por la falta de educación previsional que existe a nivel pís, siendo que tanto el empleado como el empleador no conocen el efecto ni la estrecha relación que tienen su actividad laboral en el estatus y beneficios futuros que podrían obtener del Sistema Previsional”.

El estudio plantea como resumen que “factores como la alta informalidad y los contratos laborales temporales aun en el sector formal, se traducen en la presencia de muchas interrupciones en los periodos de cotizaciones de los trabajadores y por tanto, en una baja densidad de cotización, para una fracción muy importante de la población del Sistema Dominicano de Pensiones”.

“Estas deficiencias son un factor crucial detrás de las bajas pensiones contributivas para los sectores vulnerables, y presentan una dificultad que escapa del margen de acción de lo establecido en la Ley 87-01 y sus normativas complementarias, lo que pudiera ser un agravante a la hora de obtener los resultados y beneficios disponibles para los afiliados”, indica. Por ese panorama que plantea, el estudio dice que “los organismos tanto públicos como privados que convergen en la administración y supervisión de los fondos de pensiones, están llamados a destacar la importancia que tiene el comportamiento laboral del empleado en el monto de la pensión que obtendría al momento de su retiro”.

Posted in Destacado, DineroEtiquetas

Más de destacado

Más leídas de destacado

Las Más leídas