El caso del asesinato de la niña Carla Massiel tomó otro giro luego de que la Corte de Apelación revocó el auto de no ha lugar que fue dictado a favor de Liliana Santana, quien había sido descargada de la acusación.

La Segunda Sala Penal de la Corte de Apelación de Santo Domingo tomó la decisión de enviar a juico de fondo a Santana, quien fue acusada particularmente por los familiares de la menor.

Por el caso fueron condenados a 30 años de prisión Dawin Trinidad Infante y Juan Cabral Martínez, mientras que Santana, hija del fallecido propietario de la Clínica Integral, fue descargada de las acusaciones de su supuesta participación en el crimen que ocurrió en junio del 2015.

El abogado de Santana, Luis Rivas, calificó la renovación del no ha lugar como “una locura judicial” y dijo que recurrirá en casación y dijo que solicitará al Consejo del Poder Judicial una investigación de las juezas que emitieron la sentencia.

De su lado, Plutarco Jáquez, abogado de los familiares de Carla Massiel, indicó que de acuerdo al artículo 303 del Código Procesal Penal el auto a apertura a juicio no es recurrible.

La decisión fue tomada por las juezas Marcia Polanco y Wendy Valdez con el voto particular del magistrado Manuel Hernández Victoria.

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