Puerto Plata. El Tribunal Constitucional de la República Dominicana ratificó la sentencia de Acción de Amparo sobre el libre acceso público hacia la playa El Encuentro ubicada en el distrito municipal Cabarete, de Sosúa en Puerto Plata.

Los jueces de esa alta corte emitieron la sentencia número TC/0106/19, fechada el pasado jueves 27 de mayo del año en curso donde ratificación de la número 271-2018-SSEN-00588, dictada por la primera Sala de la Cámara Civil y Comercial de Puerto Plata, del 26 de septiembre del 2018.

En esta establece además respeto a los 60 metros como límites de playa y que fueron ocupados por empresarios. El caso se encuentra en el Tribunal de Tierra de Santiago.

El Tribunal Constitucional establece la reapertura inmediata del camino público que da acceso a la playa El Encuentro, que ha sido cerrado por la junta distrital de Cabarete y por las empresas Inversiones Calpe SRL y Mesa Invesment Limited C por A.

A pesar de estas sentencias, la procuraduría se ha negado a dar la fuerza pública para que sea ejecutado el desalojo.

La acción de amparo en primer grado fue presentada por la Asociación para la Protección, Desarrollo y Libre Acceso en Playa Encuentro (Aprodelapen), y fue generada en razón de las violaciones a los derechos constitucionales del libre tránsito, derecho al deporte, uso de las aguas y los sesenta (60) metros de pleamar.

Esta acción jurídica incoada por de los abogados José Alejandro Jiménez Almonte y José Ramón Valbuena Valdez, quienes representan la entidad Aprodelapen, obtuvo ganancias de causa hace más de 10 meses y ahora obteniendo la ratificación de la sentencia en primer grado, adquiere el Poder de la Cosa Irrevocablemente Juzgada.

Michel Gay Crosier dice que a pesar de que la Cámara Civil y Comercial de Puerto Plata ordenó abrir el acceso hacia la playa, la sentencia ha podido ejecutarse debido a trabas en el Ministerio Publico.

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