El PRM pide que se aplique a todos los partidos y PC dice que es un “sinsentido” porque la Ley prohíbe el activismo

La resolución de la Junta Central Electoral (JCE) que prohíbe el proselitismo político ha generado críticas y apoyo de los partidos políticos y las organizaciones de la sociedad de la sociedad civil.

La Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus) calificó de prudente la resolución 10-2019 de la JCE que prohíbe las actividades proselitistas y llamó a la sociedad a esperar el resultado de la reunión que sostendrá el organismo electoral con los partidos políticos para definir el alcance y cumplimiento de la medida.

“Entendemos que toda convocatoria orientada al diálogo y al consenso que permita implementar de manera eficaz el régimen electoral y partidario que ahora tenemos, que constituye un paso hacia la institucionalidad democrática del país y el sistema de partidos”, señaló en un comunicado firmado por su vicepresidente ejecutivo, Servio Tulio Castaños Guzmán.

Sin embargo, el director ejecutivo de Participación Ciudadana, Carlos Pimentel, dijo que es un contrasentido de la JCE prohibir por resolución las actividades proselitistas cuando está claramente establecido en la ley de Partidos.

“La ley de Partidos dice lo que hay que hacer contra quienes violenten la disposición, establece claro la retención de los fondos que le entrega la Junta Central Electoral a las organizaciones hasta declarar inadmisible su candidatura”, expresó Pimentel.

El delegado político del Partido Revolucionario Moderno (PRM) ante la JCE, Orlando Jorge Mera, saludó la resolución del organismo, pero advirtió que debe aplicarse a las actividades reeleccionistas que promueven personas cercanas al presidente Danilo Medina.

“El PRM la valora y entiende que es importante, ahora debe ser a todas las actividades proselitistas incluyendo las que hacen personas vinculadas al presidente de la República. Esas actividades que se han hecho tratando de impulsar la reelección y esas actividades desbordadas de sectores del partido del gobierno”, apuntó. Sostuvo que la resolución del órgano comicial no afecta las actividades institucionales de los partidos porque es solo para las que promueven candidatos a una determinada posición.

El dirigente de la Fuerza Nacional Progresista (FNP), Vinicio (Vinicito) Castillo, dijo que la resolución de la JCE es inconstitucional. “Nadie puede prohibir reuniones o actividades políticas bajo techo o recintos cerrados. Nadie. El que diga lo contrario habla disparate! Inconstitucional”, aseguró. Llamó a los partidos de oposición a rechazar la decisión de la JCE.

Legisladores apoyan la JCE

Legisladores de distintas bancadas apoyaron la decisión de la Junta Central Electoral de prohibir actividades proselitistas en el periodo previo a la precampaña, mientras otros advirtieron que no se deben violentar derechos fundamentales como la libertad de reunión.

Legisladores leonelistas como Levis Suriel y Adalgisa Pujols aunque favorecen la medida consideraron que debe ser igual para todos los aspirantes. “Vamos a esperar que haya vigilancia que ellos tengan el personal suficiente para impedir que los partidos políticos caminen como chivo sin ley”, dijo.

Pujols señaló que la Junta tiene calidad para emitir resoluciones que entienda conveniente y su grupo la acatará, “lo que es igual no es ventaja”. Sin embargo sostuvo, hay que evaluar sino se extralimita.

“Hay que ver la amplitud que tenga la resolución en virtud de que la Constitución establece derechos de los ciudadanos que no pueden ser mermada por ninguna resolución porque en orden de prelación de las leyes ninguna resolución está por encima de la ley. Siempre que se respeten derechos fundamentales”, dijo.

En tanto que el diputado del PRM, Amado Díaz aclaró que el proceso en el que está su partido no violenta las leyes ni la resolución. “Nosotros lo que estamos es envuelto inscribiendo nuevos militantes”.

Al cuestionarse al presidente de la Cámara de Diputados de si la resolución abarca las actividades de apoyo que se están haciendo en favor del presidente Danilo Medina Camacho respondió “que cuando esas leyes fueron aprobadas no se pensó en el nombre de un ciudadano o ciudadana si eso como una ley marco y aplica para todos”.

Sin embargo el diputado Alexis Sánchez refirió que las actividades en favor del presidente Medina no tienen alcance en la resolución porque estas no se hacen en favor de ninguna candidatura.

En el PLD, los seguidores de Medina realizan actos “de apoyo a la obra de gobierno del presidente”, mientras que los seguidores de Leonel Fernández también han realizado varias actividades multitudinarias.

Los dirigentes del PRM, Luis Abinader e Hipólito Mejía, también activan en su partido de cara a la convención y han realizado actividades “casa a casa”, que también prohibió la resolución de la JCE.

Lo que prohíbe y permite reglamento

El artículo 12 del reglamento de aplicación de la Ley de Partidos establece que durante el período previo preelectoral, los aspirantes a precandidaturas dentro de los partidos, “podrán celebrar reuniones a lo interno de los locales de sus respectivas organizaciones, en locales cerrados y áreas restringidas donde no entorpezca el libre tránsito ni se interrumpa el normal desenvolvimiento de las actividades de ciudadanos y ciudadanas, siempre que las mismas se realicen con el objetivo de dar a conocer sus propuestas internas a los afiliados y simpatizantes de sus respectivas estructuras políticas”.

El párrafo uno de ese mismo artículo prohíbe “la colocación de vallas, afiches o cruza calles en las cuales se pueda verificar la propuesta de precandidatura o el cargo al que se pretende aspirar, a menos que las mismas sean colocadas y utilizadas en el interior de los locales partidarios”. Así mismo, prohíbe durante este período, la colocación de cualquier mensaje promocional en monitores o pantallas electrónicas externas, salvo los casos de aquellas que son exhibidas en los locales de los partidos.

De igual forma, estará prohibida la producción y uso de propaganda de tipo personal alusiva a precandidaturas, como son camisetas, gorras, banderas, cintillos promocionales y solos se permite al interior de las organizaciones. El propio reglamento establece sanciones si se viola alguna de esas disposiciones en el párrafo tres del artículo 12.

La violación a estas disposiciones conllevará el retiro inmediato de las referidas herramientas promocionales en los lugares externos, cuya acción, enprincipio, estaría a cargo de los ayuntamientos y de las juntas de distritos municipales, según sean los casos. Esas medidas podrían ser por iniciativa propia de las autoridades municipales, por apoderamiento escrito de los munícipes a solicitud de la Junta Central Electoral.

“En el caso del uso de propaganda como camisetas, gorras, banderas o cintillos promocionales en lugares públicos, se solicitará a los usuarios que desistan del uso de los mismos y los retiren de manera inmediata. En caso de incumplimiento, se podrá solicitar a las autoridades del orden público el cumplimiento de esta medida”, establece el reglamento emitido por la JCE.

El periodo previo a la precampaña está contemplado en el artículo 8 del reglamento de la Ley de Partidos. “Se establece como Período Previo de Precampaña, el espacio de tiempo comprendido entre un año antes del inicio formal de la precampaña y la fecha fijada por ley para dicha actividad (domingo 7 de julio de 2019), en el cual, los ciudadanos afiliados a partidos políticos podrán manifestar a lo interno de sus organizaciones, el interés de optar por una precandidatura a puesto de elección popular y realizar actividades que permitan exponer sus intenciones a los miembros de sus respectivas organizaciones”.

JCE recuerda plazos

La JCE recordó a los partidos el acercamiento del vencimiento de los primeros plazos fatales que habrán de ser cumplidos, de cara a las elecciones nacionales, congresuales y municipales del próximo año. La JCE informó el vencimiento de los plazos correspondientes al próximo mes de junio, contenidos en el calendario de actividades administrativas y los tiempos legales que ya ha publicado el organismo. El primero de esos plazos vence el 7 de junio, que es la fecha límite para que los partidos determinen las reservas de candidaturas para alianzas o fusiones, correspondientes a primarias simultáneas. El otro plazo, que vence el 22, es el que tiene que ver con publicar y comunicar por escrito a la JCE los cargos, posiciones y demarcaciones que corresponden al 20% de candidaturas reservadas a la alta dirección de los partidos.

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