La Junta Central electoral sometió a consulta de los partidos y movimientos políticos los proyectos de reglamento sobre fusiones, alianzas y coaliciones y el de escogencia de candidaturas mediante convenciones o encuestas.

El reglamento sobre las alianzas, fusiones o coaliciones será aplicado para la regulación de las reservas de candidaturas para las elecciones municipales, presidenciales y congresionales.

Las organizaciones políticas, una vez constituidos, pueden fusionarse, aliarse o coaligarse.

Los partidos, así como las candidaturas independientes aprobadas por la JCE no podrán establecer alianzas o coalición con los partidos políticos, y en caso de que lo hagan con otra agrupación similar, se considerarán fusionadas en una sola para todos los fines de la Ley Electoral.

Las organizaciones deberán depositar 15 días antes del inicio de la precampaña, el 22 de junio, la relación de puestos que serán reservados tanto para la administración del partido como para la concertación de pactos de alianzas o coaliciones.

Estos cargos no serán incluidos en primarias o convenciones, debiéndose completar esta lista una vez hayan transcurrido 15 días laborables después de la celebración de los eventos internos. Respecto a las elecciones municipales los pactos de fusiones deberán ser depositados antes del 18 de noviembre de 2019. Para las elecciones presidenciales y congresionales el 17 de febrero. Los partidos tienen diez días para presentar las observaciones.

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