El presidente Danilo Medina promulgó la Ley 17-19 para la erradicación del comercio ilícito, contrabando y la falsificación de medicamentos, hidrocarburos, alcohol, tabaco y sus derivados.

La normativa, que fue convertida en ley el día 12 del presente mes, por la Cámara de Diputados tras declararla de urgencia en dos secciones consecutivas, es de la autoría de los senadores Charles Mariotti Tapia y José Ignacio Paliza.

Dentro de las acciones tipificadas como violatorias por esta ley figuran la elaboración de productos sin obtener los permisos que se exigen, la adulteración o modificación de productos y la falsificación de documentos confines de engañar a un consumidor a través del empaquetado de un producto. Es contrario a la norma la fabricación o suministro de medicamentos por personas físicas no autorizadas y su introducción en el mercado. Se sanciona, además, la importación, exportación o distribución de productos medicinales falsificados, adulterados, reetiquetados, vencidos o si registro sanitario.

En el caso de los combustibles la mezcla de derivados de petróleo con otras sustancias será sancionada.

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