El presidente Danilo Medina promulgó la Ley 15-19 sobre Régimen Electoral, que junto a la Ley de Partidos serán los instrumentos que permitirán a la Junta Central Electoral organizar las elecciones.

Roberto Rodríguez Marchena, vocero de la Presidencia, dio a conocer la información mediante la publicación de un tuit.
La pieza legislativa cuenta con 293 artículos y casi 300 páginas que contienen 25 títulos secciones y subsecciones.

Entre otras cosas, la Ley incluye la restricción del uso de los recursos del Estado en la campaña de candidatos que ocupen cargos públicos, y dispone la suspensión de éstos de sus funciones desde el momento en que la candidatura sea aceptada por la JCE.

Se aprobó una enmienda al proyecto de ley, la cual dispone que 60 días antes de los comicios presidenciales y congresuales, y 40 días antes de los municipales, quedará prohibida la realización de actos inaugurales de obras públicas por el gobierno central y las alcaldías.

Igualmente, se sancionó que el gobierno central, el local y las entidades públicas descentralizada, se abstendrán de realizar programas de apoyo social o comunitarios extraordinarios. Se prohíbe a un partido presentar candidatos tránsfugas, al disponer que no podrán ser postulados por ningún otro partido o agrupación o alianzas electorales, candidatos que hayan sido nominados previamente por su correspondiente organización.

Los candidatos no podrán ser apresados por lo menos ocho días antes de las elecciones, salvo flagrante delito. Se reconoce el derecho al buen nombre y a la honra de las personas, establecido en la Constitución, por lo que se dispone en el proyecto de ley aprobado por el Senado que ningún aviso o manifestación publicitaria podrá utilizar expresión ofensiva, directa o indirecta contra los demás participantes en el proceso electoral, ni utilizar calificativos insultantes ni referencias degradantes a la persona, nombre o apellido de los candidatos y miembros de los partidos políticos. El proyecto de ley establece un tope de financiamiento en la campaña, permitiendo que un candidato presidencial pueda gastar hasta 122.50 pesos por elector, 105 en el nivel congresual, 87 los alcaldes y 43 los regidores. Se mantiene vigente la disposición de la ley 157-13 concerniente al voto preferencial en el nivel congresual, para la elección de los diputados, y en el nivel municipal, para la elección de los regidores y de los vocales en los distritos municipales.

Hookah

Medina promulgó la Ley 16-19, que prohíbe el uso de la hookah en lugares públicos y privados. La promulgada Ley indica que la Procuraduría General será la responsable de la ejecución y cumplimiento de la ley.

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