En el pasado no muy remoto, desde los años 70 del siglo XX, se hablaba de una figura denominada extrapartido. Ocurría cuando las organizaciones no contaban con una personalidad aglutinadora que garantizara el triunfo, por ejemplo, contra Joaquín Balaguer, que lo monopolizaba todo. Surgían nombres fuera de los partidos, aunque no siempre calaban. La ley de partidos políticos parece erradicar definitivamente esa posibilidad como opción en cualquier evento electoral. El artículo 50 (acápite 4) señala entre los requisitos para ostentar una precandidatura “que tenga un tiempo de militancia o permanencia mínima en el partido, agrupación o movimiento político consignado en los estatutos orgánicos del partido, agrupación o movimiento político para lo que aspira a postularse”. Los “independientes” peligran.

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