Impondrán cárcel a quien porte un arma de fuego ilegal

El Senado aprobó ayer la ley para el Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados que establece penas de tres a cinco años por el porte ilegal de armas y de 30 a 40 años contra quienes causen muerte con arma ilegal para cometer&

El Senado aprobó ayer la ley para el Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados que establece penas de tres a cinco años por el porte ilegal de armas y de 30 a 40 años contra quienes causen muerte con arma ilegal para cometer robo.La iniciativa, que fue aprobada a unanimidad por los 22 senadores presentes, endurece las penas de delitos cometidos con armas de fuego ilegales.
El artículo 66, referente al sistema de sanciones, especifica que la tenencia ilegal de armas municiones, explosivos y sus accesorios conllevan sanciones que van desde tres a cinco años de prisión.

Establece, además, el decomiso del arma y el pago de 25 a 50 salarios mínimos del sector público y en los casos de personas jurídicas se le establecerá al representante legal una pena de tres a cinco años de prisión y una carta de amonestación con copia al registro, con el que se justificará la cancelación de la licencia de porte o tenencia de armas de fuego.

La ley establece que cualquier persona física, que le quite la vida a otra para cometer un robo con arma de fuego ilegal, será sancionada con penas que van de 30 a 40 años de prisión. En tanto que si en un robo con arma ilegal se provocan heridas que causen lesiones permanentes, la sanción será de 20 a 30 años, y si las heridas no causan lesiones permanentes las penas oscilarán entre 15 y 20 años de prisión.

De igual modo, se penaliza el secuestro con arma ilegal con prisión de 30 a 40 años. También la asociación de malhechores usando armas ilegales será castigada con penas de 20 a 30 años.

Además, la ley establece que los funcionarios públicos que presten armas a civiles serán castigados con condenas de 10 a 20 años de prisión, y los que asignen armas ilegales a civiles, sin importar las formalidades, serán castigados con penas de tres a cinco años de prisión y la cancelación de sus funciones.

Este proyecto, de la autoría del diputado Víctor Bisonó, había sido aprobado en la Cámara de Diputados, ahora pasará al Poder Ejecutivo para ser observado o promulgado.

Sancionan la Ley de Relaciones Exteriores

Cuando faltaban pocas horas para finalizar la primera legislatura ordinaria del año, los senadores declararon de urgencia y aprobaron en dos lecturas consecutivas el proyecto de ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores y del servicio Exterior. La pieza, procedente de la Cámara de Diputado, es de la autoría del diputado Víctor Verdemar Suárez Díaz. La ley crea el marco jurídico necesario para que el Ministerio de Relaciones Exteriores pueda enfrentar los retos de la política exterior. Será enviada al Poder Ejecutivo donde será promulgada u observada.

En la sesión de ayer, el proyecto de ley de Código Penal de la República Dominicana fue enviado a la Comisión Permanente de Justicia y Derechos Humanos del Senado.

En tanto que se rindió un informe desfavorable sobre el proyecto de ley que regula la gestión y el acceso de los particulares a los Lagos, Ríos, Lagunas, Playas y Costas Nacionales de la República Dominicana.

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