Ventura Camejo adevierte más de 100 mil cargos públicos podrían quedar vacantes en 2016

El titular del Ministerio de Administración Pública (MAP), Ramón Ventura Camejo, advirtió este miércoles que al 16 de enero del año 2016, los nombramientos de aproximadamente 100 milservidores públicos que ocupan cargos de la Carrera Administrativa

El titular del Ministerio de Administración Pública (MAP), Ramón Ventura Camejo, advirtió este miércoles que al 16 de enero del año 2016, los nombramientos de aproximadamente 100 milservidores públicos que ocupan cargos de la Carrera Administrativa podrían dejar de tener efecto, y los puestos en que se desempeñan tendrán que proveerse a través de concursos de libre competición, si a esa fecha no se someten a una evaluación para poder demostrar su idoneidad, y conferirles el estatus de servidores de carrera.

“La Ley de Función Pública, No.41-08, que regula el desempeño de los cargos dentro de la Administración Pública en la República Dominicana, establece en su artículo 98, que quedarán sin efecto los nombramientos de los servidores públicos que ocupan cargos de la Carrera Administrativa, y que al 16 de enero del 2016, es decir ocho años después de promulgada la ley, no hayan sido evaluados para que demuestren que son idóneos para desempeñarse en ese cargo, y se les confiera el estatus de servidores de carrera”, señaló el funcionario.

En este sentido, el ministro de Administración Pública exhortó a los responsables de las áreas de recursos humanos de los distintos órganos y entes públicos, a iniciar el proceso de revisión de los expedientes de todos aquellos servidores que cumplen los requisitos para ser admitidos en los procesos de evaluación, para comprobar sus méritos y experiencia en la Administración Pública, y que se les pueda conferir el estatus de servidores de carrera administrativa.

Asimismo, el titular del Ministerio de Administración Pública (MAP), órgano rector del empleo público y del fortalecimiento de las instituciones públicas, reiteró la necesidad de que los órganos y entes definan las estructuras organizativas y los cargos.

“La implementación en el país del sistema de Carrera Administrativa para la gestión del personal en las entidades públicas tiene como finalidad fundamental promover la eficiencia y la eficacia en el funcionamiento de la administración pública, con la implementación de políticas públicas sostenibles, con criterios de inclusión y justicia social, pero basándose en el mérito, la profesionalidad y el desarrollo de los servidores públicos, por eso es preciso seleccionar a los más idóneos para el desarrollo de las tareas que garanticen la calidad del servicio que se presta a los ciudadanos”, resaltó Ventura Camejo.

El artículo de la Ley 41-08 citado por el ministro dispone, entre sus postulados: “Los servidores públicos que a la entrada en vigencia de la presente ley ocupan cargos de carrera sin que se les haya conferido el status como servidores de carrera, serán evaluados a los fines de conferirle dicho status, en el orden que disponga la Secretaria de Estado de Administración Pública. Los servidores públicos evaluados, de manera insatisfactoria en dos períodos consecutivos, mediado un período mínimo de seis (6) meses entra la primera y la segunda evaluación, serán destituidos en las condiciones previstas en el Artículo 49 de la presente ley.

“La Secretaría de Estado de Administración Pública dispondrá de un plazo de ocho (8) años, contado a partir de la entrada en vigencia de la presente ley, para culminar con todo el proceso de evaluación de dichos servidores públicos. A partir del vencimiento de dicho plazo, quedarán sin efecto todos los nombramientos de los servidores públicos que sin haber adquirido el status de carrera, estén ocupando cargos de carrera”.

 

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