Fallo en cumplir meta de presión varía reforma

El fallo de las autoridades fiscales en lograr la meta de presión tributaria contemplada en la Estrategia Nacional de Desarrollo (END) para el año que finaliza las ha obligado a posponer la aplicación de algunas medidas impositivas que debían…

El fallo de las autoridades fiscales en lograr la meta de presión tributaria contemplada en la Estrategia Nacional de Desarrollo (END) para el año que finaliza las ha obligado a posponer la aplicación de algunas medidas impositivas que debían entrar en vigencia en el 2015.

El principal mecanismo diseñado para subir la presión tributaria, la reforma tributaria aprobada en noviembre del 2012, fue diezmado desde su concepción hasta su aplicación. La propuesta original preveía aumentar dos puntos a la presión tributaria. Pero eliminaciones de medidas en el proyecto y posteriores posposiciones de aplicaciones de otras que fueron aprobadas, bajaron el rendimiento esperado en un 50%.

De las medidas en suspenso, algunas son de carácter recaudatorio y otras de desmonte de impuestos. Todas están vinculadas a la Reforma Tributaria aprobada mediante la ley 253-12, que entre otras modalidades incluyó como bienes gravados unos ocho artículos básicos, como café, azúcar, chocolate, yogur, aceites comestibles y mantequilla. Ese grupo de bienes fue gravado en su primer año, el 2013, con una tasa diferenciada de 8%, para en un período de cuatro años llevarla a 16%, que era el nivel de tasa que tenían todos los demás bienes y servicios alcanzados con ese impuesto. Pero la reforma implicó un aumento de tasa de dos puntos porcentuales a 18% a todos los renglones gravados con anterioridad, para ser desmontado y unificar la tasa en 16% a partir del 2016. Sin embargo, el proceso de desmonte no se dará porque en el 2015 la meta de presión tributaria que había sido proyectada, de 14.1%, un nivel inferior al 16% previsto en la END.

El presupuesto del 2015 reconoce que en el próximo año la presión tributaria (que es la proporción del producto interno bruto (PIB) que el Gobierno capta en impuestos) aumentará en apenas 0.1 punto porcentual con relación a la esperada en el año que finaliza, que es de 14%.

“Se proyecta que la presión tributaria permanecería similar a la registrada en 2014 debido a que los ingresos extraordinarios percibidos en 2014 son compensados en 2015 por mayores ingresos mineros y la aplicación gradual de las medidas de la Ley No. 253-12 de Reforma Tributaria”, dijo la Dirección General de Presupuesto, en las explicaciones económicas del proyecto de presupuesto.

Tras indicar que la presión tributaria prevista para 2015 no alcanzaría la meta de 16.0% del PIB, plasmado como objetivo en la Ley de Estrategia Nacional de Desarrollo 2030, los diseñadores del presupuesto explicaron que los ingresos que se estimaron para elaborar la pieza contemplan mantener el conjunto de medidas de política y administración tributaria que se están aplicando desde el año 2013.

Entre esas medidas citó en primer lugar los ingresos mineros, con un estimado de US$382.2 millones que aportaría la empresa minera Pueblo Viejo Dominicana Corporation (PVDC). Además, refirió que se prevé continuar la implementación gradual de determinadas figuras impositivas según lo dispuesto en la Ley No. 253-12 para el Fortalecimiento de la Capacidad Recaudatoria del Estado para la Sostenibilidad Fiscal y el Desarrollo Sostenible.

La reforma tributaria estableció aumento de 11% a 13% de la tasa del ITBIS para ciertos bienes primarios, incremento de los montos del Impuesto Selectivo al Consumo específico aplicado por cajetilla de cigarrillos y a bebidas alcohólicas, por litro de alcohol absoluto, aplicación de la normativa de precios de transferencia según lo dispuesto por los artículos 281 y 282 de la Ley No. 253-12. También la aplicación de la normativa de limitación de intereses mediante la subcapitalización y la deducción de intereses que hayan pagado impuesto.

En el presupuesto del 2015 también se contempla que en el año no se realizará ajuste por inflación de los tramos de renta para la aplicación del ISR personas físicas. Sí se prevé reducir la tasa de ISR personas jurídicas de 28% a 27%.

Asimismo, se contempla “cumplir con la cláusula que mantiene la tasa general de ITBIS en 18% y la tasa de impuestos sobre activos en 1%, debido a que no se alcanza la meta de 16.0% de presión tributaria establecida en la Ley No. 1-12 de END 2030”.

Para el 2015 el Gobierno prevé, según dice el Presupuesto, aplicar el Impuesto de Circulación Vehicular (ICV) de 1% contenido en el artículo 15 de la Ley, en lugar del impuesto específico. Ese impuesto fue pospuesto administrativamente por el Gobierno en los años 2013 y 2014. Las recaudaciones por concepto de la placa aumentaría considerablemente, porque se cobrará el impuesto en base al valor del vehículo, con una tasa del 1%, y con un valor mínimo de $1,200, que es el nivel más bajo que se cobra ahora.

Freno al 1% a las placas y “luz verde” a indexación

Por la segunda posposición en la aplicación del impuesto a la placa en base a un esquema ad valorem (sobre el valor), el modelo actual quedó como un impuesto específico, con dos categorías, una de RD$1,200 para los vehículos de más de cinco años de fabricado, y la otra de RD$2,200 para los de cinco y menos años. Con el impuesto cuya aplicación ha sido pospuesta, el pago puede llegar hasta RD$60,000 anual.

Otra concesión hecha por las autoridades fiscales, dentro de las disposiciones aprobadas en la ley 253-12, es la relativa al impuesto fijo de RD$12,000 anual por concepto de operación a los establecimientos de venta al por menor. El presupuesto del 2015 dice que “se prevé no aplicar” ese impuesto, pero sí contempla indexar el impuesto a los combustibles, detenido desde junio del 2012.

Posted in Sin categoría

Más de

Más leídas de

Las Más leídas