La Academia de Ciencias afirmó este jueves que es Falcondo Xstrata Nickel quien amenaza la seguridad jurídica y ambiental del país por desarrollar un modelo de minería irresponsable.
En un documento firmado por el consultor Legal Ambiental de la entidad, Juan Bautista Frías Agramonte, señala que la minera canadiense es la que pudiera ser sancionada, si se verifica “el enorme pasivo ambiental acumulado durante décadas, incluyendo las violaciones a la legislación laboral y fiscal cada vez que abandonan la mina sin cumplir los compromisos contraídos con el Estado Dominicano y sus empleados”.
El abogado subrayó que la autoridad competente, haciendo referencia al Ministerio de Medio Ambiente, ya fijó su criterio descartando cualquier tipo de explotación minera en Loma Miranda, por lo que carece de sentido el supuesto temor expresado por algunos senadores y empresarios sobre una eventual condena en contra del país, en caso de que el Senado convierta en ley el proyecto previamente aprobado por la Cámara de Diputados.
Agrega que Falcondo se acogió a la normativa ambiental vigente al solicitar el permiso negado y resulta impracticable volver sobre la misma solicitud, en razón que tal precedente provocaría un caos administrativo y “una grosera contradicción procesal”.
Señala que la propia Constitución prevé en el numeral 1 de su Artículo 51 la solución jurídica para la adquisición de los terrenos dentro del área protegida y establece que todo el subsuelo, donde se encuentran las riquezas minerales son patrimonio de la nación, y en consecuencia solo se pagará, a sus eventuales propietarios, el valor de terreno, pura y simplemente, del mismo modo que el Estado ha expropiado a cientos de campesinos de sus tierras mineras para entregárselas a tales empresas, incluyendo a Falcondo.
“En la actualidad y en el futuro inmediato es el Estado Dominicano quien está habilitado para accionar contra Falcondo ante organismos nacionales o internacionales. El estudio combinado de la Constitución, la doctrina, la jurisprudencia y demás normativas vigentes en derecho ambiental, generan el criterio firme de que tendría más sustento jurídico equivocarse protegiendo que dejarla indefensa ante la amenaza y el riesgo potencial que se derivan de los graves daños ya causados por las mineras”, dice.
Sostuvo que la Justicia ha dictado varias sentencias de diferentes instancias judiciales, así como resoluciones vinculantes a todos los poderes del Estado Dominicano, las cuales favorecen la protección legal de Loma Miranda. “Se trata de la Sentencia No.167/13 del Tribunal Constitucional, la cual ratifica la Sentencia de Amparo dictada por la Jurisdicción Penal de La Vega y la Sentencia del Tribunal Superior Administrativo, además de las resoluciones más de ocho Ayuntamientos como son: de Bonao, La Vega, Jima, Jarabacoa, Constanza, entre otros, las cuales se pronuncian en el mismo sentido proteccionista amparados en el Art.79, párrafo 1 de la Ley 64-00”.