Una laguna llamada Telexfree

El derecho penal dominicano se ha expandido, como ha sucedido en muchas otras latitudes, por la necesidad de proteger bienes jurídicos que anteriormente no eran tutelados con la amenaza de una pena o cuya tutela era deficiente. La expansión abarca,&#823

El derecho penal dominicano se ha expandido, como ha sucedido en muchas otras latitudes, por la necesidad de proteger bienes jurídicos que anteriormente no eran tutelados con la amenaza de una pena o cuya tutela era deficiente. La expansión abarca, fundamentalmente, la protección de bienes jurídicos colectivos o bienes individuales pero que pueden ser afectados en forma masiva por algunas conductas disvaliosas.

Otro de los motivos por los cuales el derecho penal dominicano se ha expandido es porque algunos de los tipos tradicionales, sobre todo los que implican afectación de los patrimonios individuales (como el abuso de confianza y la estafa), son ineficaces para comprender algunas de las conductas que lesionan esos bienes jurídicos.Por ejemplo, la Ley General de Sociedades y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada, No. 479-08, ha creado una serie de tipos penales que han venido a llenar muchas de las “lagunas de punibilidad” que existían en nuestro derecho penal y que no sancionaban conductas lesivas a los patrimonios de accionistas y terceros en el marco de las relaciones societarias. Esa ley contempla sanciones penales por muchas conductas lesivas que anteriormente no estaban tipificadas y que suponían, con no poca frecuencia, abusos o infidelidades en la gestión de las empresas. Todo esto viene a cuento, porque a la luz de lo acontecido en las últimas semanas con la quiebra de la empresa Telexfree y su filial local, es necesario que nuestro Congreso Nacional se aboque a legislar prohibiendo la creación de esquemas de negocios piramidales, como este que acaba de afectar los patrimonios de una innumerable cantidad de dominicanos y norteamericanos. Perseguir a los responsables locales de Telexfree, en ausencia de un tipo penal que describa en forma estricta sus conductas, requerirá de un gran esfuerzo en materia de imputación objetiva, y quizás implique  construir una teoría del caso que incluya a los cientos de personas que se involucraron en esa actividad, ventajosa para algunos, pero ruinosa para muchos otros. Ahora bien, al margen de las discusiones teóricas que pudieran surgir alrededor del tema – y del loable interés de las autoridades por responder ante el clamor de los miles de dominicanos que, participantes del esquema piramidal, han incurrido en grandes pérdidas económicas-, es necesario crear los tipos penales que permitan una persecución más efectiva a ese tipo de “negocio”, en el que muchos incautos se vieron tentados a invertir. La discusión del proyecto de Código Penal en el Senado brinda la oportunidad para trabajar en este sentido, aunque bien pudiera hacerse mediante una ley especial, porque lo importante es llenar la “laguna de punibilidad” que existe alrededor de este tema.

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