Someten recurso contra plan de regularización

La Fundación Fesore y la Fundación Coddi por la Soberanía pidieron este lunes que se declaren inconstitucionales tres artículos del decreto 327-13, que instituye el Plan Nacional de Regularización.

La Fundación Fesore y la Fundación Coddi por la Soberanía pidieron este lunes que se declaren inconstitucionales tres artículos del decreto 327-13, que instituye el Plan Nacional de Regularización.

Rafael Elena, uno de los abogados de los accionantes, detalló que piden la nulidad del artículo 37, que reza “durante la ejecución del presente Plan, las autoridades se abstendrán de adoptar las medidas previstas en los artículos 121 y siguientes de la Ley General de Migración respecto de los extranjeros en situación migratoria irregular que se encuentren radicados en el territorio de la República Dominicana que se hayan acogido al mismo”. 

Es decir, el decreto prohíbe a la Dirección General de Migración ordenar  deportaciones mientras se ejecuta el Plan.

El Poder Ejecutivo no se hizo representar en la audiencia, que para conocer de la acción realizó el Constitucional, pese a estar debidamente citado. 

El Centro Bonó fungió como interviniente voluntario y, a través de su abogado Nassef Perdomo, solicitó a los jueces del  Tribunal Constitucional declarar inadmisible el recurso  por falta de calidad de los accionantes y, en su defecto, rechazarlo porque el decreto atacado no vulnera ningún derecho. 

De su lado, el representante del Ministerio Público, José Ricardo Taveras, pidió que se declare inadmisible o que se rechace por improcedente y mal fundada.

Los jueces del Tribunal Constitucional se reservaron el fallo tras escuchar los argumentos de las partes. 

Los otros dos artículos objetados son el tres “el extranjero que desee acogerse al plan, deberá hacer su solicitud dentro del plazo de los 18 meses, contados desde la puesta en vigencia del mismo“ y el 32 relativo a la facultad de un familiar de solicitar la regularización si el extranjero se encuentra en una situación médica determinada, que incluye padecer de una enfermedad mental.

Quedan dos pendientes

Quedan pendientes de conocer otras dos acciones de inconstitucionalidad que tienen el mismo objetivo, incoadas por la Red Nacional por la Soberanía y otra por Juan M. Castillo Pantaleón.  

En otro orden,  el TC conoció de otras ocho acciones y también se reservaron los fallos. Entre ellas un recurso interpuesto por la Asociación del Clínicas Privadas (ANDECLIP) contra el cobro realizado por el uso de las trasmisiones digitales, que pretende realizar la Sociedad General de Autores, compositores y Editores Dominicanos de Música. 

La sala, presidida por Milton Ray Guevara, también conoció un recurso sometida por la Asociación Dominicana de Distritos Municipales (Adodim), en contra del artículo 44 acápite “b”de la ley 176-07 sobre el Distrito Nacional y los Municipios, relativa a las causas de suspensión de un alcalde.

La norma indicada dice que procede la suspensión de este funcionario cuando “se dicten en su contra medida de coerción que conlleven arresto domiciliario o la  privación de libertad“ o “se inicie juicio de fondo en el que se les impute un crimen o delito que se castigue  con pena privativa de libertad“.

También Tecnogrupo S.R.L. y Alex Vega, estuvo presentando un recurso de inconstitucionalidad contra la Ley 6-86, sobre el Fondo de Pensiones de los Trabajadores de la Construcción.

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