TSE declara nula la convocatoria realizada por Comisión Ejecutivo del PRSC

El Tribunal Superior Electoral (TSE) declaró nula y sin ningún efecto jurídico la convocatoria a los miembros de la Comisión Ejecutiva del Partido Reformista Social Cristiano (PRSC), realizada el pasado 16 de enero, por falta de calidad estatutaria&#8

El Tribunal Superior Electoral (TSE) declaró nula y sin ningún efecto jurídico la convocatoria a los miembros de la Comisión Ejecutiva del Partido Reformista Social Cristiano (PRSC), realizada el pasado 16 de enero, por falta de calidad estatutaria de los convocantes.

En consecuencia, en TSE declara nulas todas las decisiones emanadas de la reunión efectuada por dicha comisión, celebrada el día 19 de enero del año 2014.

El TSE tomo la decisión tras acoger la demanda en nulidad de convocatoria de Reunión de la Comisión Ejecutiva del PRSC y de los efectos y decisiones tomadas por la misma, incoada por Alfredo González Pérez.

La sentencia del Tribunal Superior Electoral es la TSE-006-2014, adoptada con el voto concurrente de todos sus miembros, en nombre de la República.

Fallo del TSE:

Primero: Acoge, en cuanto a la forma, la “Demanda en Nulidad de convocatoria de Reunión de la Comisión Ejecutiva del Partido Reformista Social Cristiano (PRSC) y de los efectos y decisiones tomadas por la misma”, incoada por el Dr. Alfredo González Pérez, mediante instancia a breve termino, depositada en este Tribunal el 20 de enero del año en curso; contra el Partido Reformista Social Cristiano (PRSC), por haber sido hecha conforme a la Ley.

Segundo: Acoge, en cuanto al fondo, la demanda en cuestión; por consiguiente declara nula y sin ningún efecto jurídico la convocatoria a los miembros de la Comisión Ejecutiva del Partido Reformista Social Cristiano (PRSC), publicada en el periódico Listín Diario, Edición de fecha 16 de enero del año 2014, por falta de calidad estatutaria de los convocantes y en consecuencia, declara nulas todas las decisiones emanadas de la reunión efectuada por dicha comisión, celebrada el día 19 de enero del año 2014. Página 2 de 2

Tercero: Ordena que la presente decisión sea ejecutoria sobre minuta, no obstante cualquier recurso que se interponga contra la misma.

Cuarto: Ordena la notificación del presente dispositivo a la Junta Central Electoral (JCE) para los fines correspondientes.

Quinto: La lectura del presente dispositivo, vale notificación para las partes presentes y representadas.

En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veinticuatro (24) días del mes de enero del año dos mil catorce (2014).

Firmada por los Magistrados, Dr. Mariano Américo Rodríguez Rijo, presidente; Dra. Mabel Ybelca Féliz Báez, Dr. John Newton Guiliani Valenzuela, Dr. José Manuel Hernández Peguero, Dr. Fausto Marino Mendoza Rodríguez, jueces titulares y la Dra. Zeneida Severino Marte, Secretaria General.

Quien suscribe, Dra. Zeneida Severino Marte, secretaria general del Tribunal Superior Electoral (TSE), certifico y doy fe, que la presente copia es fiel y conforme al original de la sentencia TSE-006-2014, de fecha 24 de enero del año dos mil catorce (2014), que reposa en los archivos puestos a mi cargo, debidamente firmada por los Magistrados que figuran en la misma, en el mes y año en ella expresado, y fue firmada, leída y publicada por mí, que certifico.

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