La Constitución dispone que la DNCD pase al Ministerio Público

El titular de la  Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus) aseguró ayer que el traspaso de la DNCD al Ministerio Público no es una opinión suya, sino un mandato constitucional.

El titular de la  Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus) aseguró ayer que el traspaso de la DNCD al Ministerio Público no es una opinión suya, sino un mandato constitucional. Servio Tulio Castaños Guzmán dijo que el artículo 141 de la Constitución de la República es claro cuando ordena que organismos, hasta ahora alineados al presidente de la República, como la DNCD estén adscritos a entidades ejecutivas específicas, como el Ministerio Público.

“Jamás, en la actual lógica de la constitucional, (la DNCD) puede estar adscrita a la Presidencia. Por eso es que nosotros hemos hecho un llamado de atención, y que quede claro, no estamos proponiendo nada. Eso se debatió. Está definido y hay que acatarlo”, declaró el titular de la Finjus, consciente de que a muchos sectores se les hará difícil desprenderse de sus posiciones y asumir la nueva estructura organizativa de la Constitución promulgada el 26 de enero del 2010. 

El referido artículo bajo el título Organismos autónomos y descentralizados, establece que “la ley creará organismos autónomos y descentralizados en el Estado, provistos de personalidad jurídica, con autonomía administrativa, financiera y técnica. Estos organismos estarán adscritos al sector de la administración compatible con su actividad, bajo la vigilancia de la ministra o ministro regularán las políticas de desconcentración de los servicios de la administración pública”.

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