Libertad de expresión

La libertad de expresión cultural constituye un importante derecho fundamental consagrado de manera expresa como tal en numerosos textos jurídicos…

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Las opiniones encontradas  en el debate por la inclusión en el proyecto de nuevo Código Penal dominicano, los delitos de prensa,…

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Un lector de Santiago llamado José me envió un correo diciendo que por esta columna dejó de comprar el periódico. Sin embargo,…

La libertad de expresión cultural constituye un importante derecho fundamental consagrado de manera expresa como tal en numerosos textos jurídicos en todo el mundo.

La Convención Americana sobre Derechos Humanos lo reconoce y protege ampliamente cuando dice en su artículo 13 sobre Libertad de Pensamiento y de Expresión que “toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión”, derecho éste que nunca podrá ser prohibido o censurado, aun cuando haya excesos, sino que, cuando corresponda, ciertas expresiones podrían estar sujetas, de acuerdo al mismo artículo de la Convención, a “responsabilidades ulteriores, las que deben estar expresamente fijadas por la ley”.

La Convención es tajante en su manifiesta prohibición para restringir la libertad de expresión, toda vez que señala que “no se puede restringir el derecho de expresión por vías o medios indirectos, tales como el abuso de controles oficiales o particulares…”.

La Declaración Universal de los Derechos Humanos también consagra entre su listado de derechos la libertad de expresión y con ello las posibilidades de manifestarla por cualquier medio. Señala en su artículo 19 que “todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión”.

La misma Declaración en la parte relativa a la libertad de expresión se refiere de manera específica a la expresión cultural, señalando en su artículo 20 que “toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten”.

La libertad de expresión como derecho es reconocida doblemente en el país. Por un lado, por acuerdos que la contemplan y de los cuales el país es signatario, y por otro lado, por el reconocimiento expreso que hace la Constitución que señala que “toda persona podrá, sin sujeción a censura previa, emitir libremente su pensamiento mediante palabras escritas o por cualquier otro medio de expresión, gráfico u oral”.

Si hasta las leyes reconocen que las personas tienen el derecho de expresarse libremente, mal hacen sus pares cuando juzgan, censuran y satanizan a los demás simplemente por no estar de acuerdo con la manera en que ejercen o manifiestan esta libertad.

La intolerancia no sólo es absurda, en algunos casos también es ilegal.

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Las opiniones encontradas  en el debate por la inclusión en el proyecto de nuevo Código Penal dominicano, los delitos de prensa, convencerán a los legisladores y legisladoras de la República de que casos de injuria y difamación deben ser excluidos del Código Penal y tratados conforme establece el proyecto de Código de Comunicación  que redactó la comisión de expertos creada por el Poder Ejecutivo en la administración del presidente Leonel Fernández. En la República Dominicana cada cierto tiempo se ha planteado la idea de que el país tiene que darse una legislación adecuada al avance institucional y a las convenciones internacionales suscrita por el Estado dominicano.

La Constitución obliga a crear un nuevo mecanismo legal que se corresponda con el Estado democrático, social y de derecho. Establece que la libertad de expresión se ejercerá respetando el derecho al honor, a la intimidad, así como a la dignidad y la moral de las personas. Tenemos la Ley 6132, redactada tras  la caída de la dictadura de Rafael Leónidas Trujillo Molina (1930-1961). Es una legislación obsoleta. Un Código de Comunicación puede llenar las aspiraciones de periodistas y sectores interesados en el tema. En abril de 1997, el doctor Jottin Cury expuso: “Se impone una legislación más cuidadosa y selectiva sobre la libertad de expresión y difusión del pensamiento, porque la sociedad dominicana quiere y merece tranquilidad, seguridad, convivencia civilizada. El Gobierno debe aprestarse a formular una norma inteligente que prevenga en la medida de lo posible los abusos que en nombre de la libertad de prensa se cometen todos los días”.

El doctor Cury agregaba: “Nuestra prensa es demasiado permisiva con quienes han convertido la misión de informar en una fuente de ganancias amañadas. Sobre todo, el periodismo dominicano no se ejerce con la lealtad que demanda una conciencia virtuosa”. En ese momento el doctor Cury pensaba que uno de los vicios, “y no el menor”, que padece la sociedad, “es la excesiva libertad de difusión y publicación de lo que se piensa o se le imputa a personas físicas y morales… Califico de vicioso este exceso, porque aún incluso cuando lo expresado pueda ser verdadero, no hay derecho a propagarlo sin previa verificación de lo que se afirma”. De 1997 al presente hemos avanzado en el Estado de derecho. La Carta Magna consagra que toda persona tiene derecho a la réplica y rectificación cuando se sienta lesionada por informaciones difundidas.

Tuve la oportunidad de compartir con el doctor Cury su satisfacción por los alcances de la nueva constitución para garantizar la libertad de expresión y el respeto a la dignidad de la persona. Nos dijo: “Nadie tiene derecho a irrespetar la dignidad de las personas. l

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Un lector de Santiago llamado José me envió un correo diciendo que por esta columna dejó de comprar el periódico. Sin embargo, por lo que me echa en cara parece que la sigue leyendo.
El buen señor me reprocha que no le reconozca méritos a las acciones del presidente Fernández y me atribuye el creer que sólo yo conozco el camino correcto, lo que sería un acto de arrogancia que no encuadra en mi forma de ser. A pesar de todo el derecho que le asiste, su decisión es un acto de injusticia contra muchos otros columnistas de este diario de gran peso en la sociedad, algunos de los cuales frecuentemente exponen criterios muy distintos a los míos.
Al leer estas líneas iniciales, algunos lectores pensarán que concedo demasiada importancia a algo que tal vez no la tenga. Pienso que el enojo de José sí la tiene. Y merece que dediquemos en algún momento tiempos de reflexión para analizar este tipo de comportamiento.
La impresión que produce es de que todavía en nuestro país existen personas que no entienden bien el concepto de la libertad y la trascendencia que el ejercicio de la misma tiene para el buen funcionamiento del sistema democrático y la convivencia civilizada. Hay sin duda una enorme cantidad de personas como José renuentes a aceptar el derecho de otros ciudadanos a pensar de forma distinta, sin detenerse a analizar el peligro que corremos el día en que todos pensemos igual. Y como esa posibilidad no puede llegar de forma voluntaria, necesariamente sería el fruto de la imposición, es decir, de un régimen de intolerancia política. Lo que José probablemente no entiende es que las posturas críticas le hacen bien a la sociedad y al gobierno que las sufre, porque la mayoría de las veces, cuando son el producto legítimo de un ejercicio libre del periodismo, ponen a los presidentes al tanto de lo que se les oculta o simplemente les recuerdan que son humanos, no divinidades.

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