El Senado aprobó, en segunda lectura, y con modificaciones, el proyecto de ley que modifica la Ley 287-04, sobre Prevención, Supresión y Limitación de Ruidos Nocivos y Molestos que Producen Contaminación Sonora.

La iniciativa fue sometida al pleno senatorial por el senador Prim Pujals Nolasco, y señala en su primer considerando que el artículo 67 de la Constitución de la República establece la protección del medio ambiente, y que constituye dentro de los deberes del Estado prevenir la contaminación, proteger y mantener el medio ambiente en provecho de las presentes y futuras generaciones.

El proyecto contempla castigar la emisión de ruidos que superen los límites permitidos en colmadones, colmados, tiendas de licores, bares, clubes diurnos y nocturnos y otros tipos de negocios o sitios privados, utilizando para ellos bocinas, música estruendosa, plantas eléctricas y otros implementos.

La pieza, que pasará a la Cámara de Diputados, indica que la violación a lo establecido en el artículo 2 numeral 1, será castigada con el cierre temporal del negocio, por un período no inferior a los 30 días ni mayor a 90 días, y al pago de una multa de diez a quince salarios mínimos de los establecidos por la Tesorería de la Seguridad Social.

El proyecto de ley indica que cualquier persona, grupo de personas y entidades públicas o privadas, pueden denunciar las violaciones a esta ley, ante las autoridades.

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